Art. 1

En vigor desde 14 sept 2007
Artículo 1 De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1342/2003, se rechazan las solicitudes de certificados de exportación que implican fijación anticipada de las restituciones de productos del código NC 1108 12 00 presentadas el día 13 de septiembre de 2007.
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