Art. 1

Agotamiento de la cuota

En vigor desde 11 sept 2007
Artículo 1 Agotamiento de la cuota La cuota asignada al Estado miembro mencionado en el anexo del presente Reglamento para 2007, para la pesca de la población referida en el mismo, se considerará agotada a partir de la fecha mencionada en dicho anexo.
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