Art. 1

En vigor desde 3 ago 2007
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 2375/2002 queda modificado como sigue: 1) En el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   Se abre un contingente arancelario de 2 989 240 toneladas de trigo blando del código NC 1001 90 99 de todas las calidades excepto de calidad alta». 2) En el artículo 3, apartado 1, el segundo guión se sustituye por el texto siguiente: «— subcontingente II (número de orden 09.4124): 38 853 toneladas para Canadá,».
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eli:reg:2007:932:oj#art-1

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