Art. 11
Solicitudes de reembolso
En vigor desde 11 abr 2007
Artículo 11
Solicitudes de reembolso
1. Los Estados miembros remitirán a la Comisión sus solicitudes de reembolso dentro de los nueve meses siguientes a la fecha en que se hayan realizado los gastos.
2. Las solicitudes de reembolso incluirán la información indicada en el anexo VI y se redactarán de conformidad con el formulario que figura en el anexo VII.
3. Los Estados miembros deberán verificar y certificar, respecto de las solicitudes de reembolso que presenten, que el gasto se ha realizado de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento (CE) no 861/2006, en el presente Reglamento y en la decisión prevista en el artículo 21 del Reglamento (CE) no 861/2006, así como con la normativa comunitaria en materia de adjudicación de contratos públicos. La solicitud deberá incluir una declaración relativa a la exactitud y veracidad de las cuentas remitidas, de conformidad con el formulario que figura en el anexo VII.
4. Las solicitudes relativas a importes inferiores a 20 000 EUR no se tramitarán, excepto si se justifican debidamente. Las solicitudes podrán agruparse.
5. Las solicitudes referidas a proyectos cuya ejecución no se haya ajustado al calendario mencionado en el artículo 8 del presente Reglamento se admitirán únicamente cuando el retraso esté debidamente justificado. En caso de que tales solicitudes sean rechazadas, los créditos comunitarios serán liberados.
6. Si la Comisión considera que la solicitud incumple las condiciones establecidas en el Reglamento (CE) no 861/2006, en el presente Reglamento y en la decisión prevista en el artículo 21 del Reglamento (CE) no 861/2006, o en la normativa comunitaria en materia de adjudicación de contratos públicos, solicitará al Estado miembro que presente sus observaciones al respecto dentro del plazo establecido. En caso de que, tras el correspondiente examen, se confirme el incumplimiento, la Comisión denegará el reembolso de la totalidad o una parte del gasto en cuestión y, en su caso, solicitará el reembolso de los pagos indebidos.
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