Art. 1

En vigor desde 2 abr 2007
Artículo 1 Los anexos I y II del Reglamento (CE) no 361/2007 se sustituyen por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2007:370:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil