Art. 2
En vigor desde 12 feb 2007
Artículo 2
En el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE) no 581/2004, el texto de la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
«a)
mantequilla natural en bloques de al menos 20 kilogramos de peso neto, perteneciente al código de producto ex ex 0405 10 19 9700;».
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Proeli:reg:2007:128:oj#art-2