Art. 1
En vigor desde 30 ene 2007
Artículo 1
En el artículo 2, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2099/2002 se añadirán las letras siguientes:
«t)
Reglamento (CE) no 789/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre las transferencias de buques de carga y de pasaje entre registros de la Comunidad y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 613/91 del Consejo (*1);
u)
Directiva 2005/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones (*2);
v)
Reglamento (CE) no 336/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006, sobre la aplicación en la Comunidad del Código internacional de gestión de la seguridad y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 3051/95 del Consejo (*3).
(*1)
DO L 138 de 30.4.2004, p. 19."
(*2)
DO L 255 de 30.9.2005, p. 11."
(*3)
DO L 64 de 4.3.2006, p. 1.»
"
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli:reg:2007:93:oj#art-1