Art. 1

Agotamiento de la cuota

En vigor desde 22 sept 2006
Artículo 1 Agotamiento de la cuota La cuota que se asignó al Estado miembro que figura en el anexo del presente Reglamento para la pesca en 2006 de la población que se indica también en el anexo se considerará agotada desde la fecha establecida en éste.
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