Art. 2

En vigor desde 29 may 2006
Artículo 2 1.   Queda abierta entre el 30 de mayo y el 31 de agosto de 2006 la compra de mantequilla mediante licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, del Reglamento (CE) no 1255/1999 en los siguientes Estados miembros y en las condiciones fijadas en la sección 3 bis del Reglamento (CE) no 2771/1999: — Bélgica — República Checa — Alemania — Estonia — España — Francia — Irlanda — Italia — Letonia — Luxemburgo — Países Bajos — Polonia — Portugal — Finlandia — Suecia — Reino Unido. 2.   La lista que figura en el apartado 1 podrá ser modificada por la Comisión en función de los precios de mercado que se registren durante dos semanas consecutivas a efectos de la aplicación del artículo 6, apartado 1, párrafos tercero y cuarto, del Reglamento (CE) no 1255/1999.
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