Art. 2
En vigor desde 29 may 2006
Artículo 2
1. Queda abierta entre el 30 de mayo y el 31 de agosto de 2006 la compra de mantequilla mediante licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, del Reglamento (CE) no 1255/1999 en los siguientes Estados miembros y en las condiciones fijadas en la sección 3 bis del Reglamento (CE) no 2771/1999:
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Bélgica
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República Checa
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Alemania
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Estonia
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España
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Francia
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Irlanda
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Italia
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Letonia
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Luxemburgo
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Países Bajos
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Polonia
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Portugal
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Finlandia
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Suecia
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Reino Unido.
2. La lista que figura en el apartado 1 podrá ser modificada por la Comisión en función de los precios de mercado que se registren durante dos semanas consecutivas a efectos de la aplicación del artículo 6, apartado 1, párrafos tercero y cuarto, del Reglamento (CE) no 1255/1999.
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