Art. 1
En vigor desde 28 abr 2006
Artículo 1
Se sustituye el anexo del Reglamento (CE) no 299/2006 por el texto del anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2006:671:oj#art-1