Art. 1
En vigor desde 20 abr 2006
Artículo 1
Para las ofertas comunicadas del 14 al 20 de abril de 2006 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1059/2005, la restitución máxima a la exportación de trigo blando se fijará en 5,00 EUR/t.
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