Art. 13
Derogación
En vigor desde 15 feb 2006
Artículo 13
Derogación
1. Queda derogado el Reglamento (CE) no 3051/95 con efectos a partir 24 de marzo de 2006.
2. Los documentos provisionales de cumplimiento, certificados provisionales de gestión de la seguridad, documentos de cumplimiento y certificados de gestión de la seguridad expedidos antes 24 de marzo de 2006 conservarán su validez hasta su expiración o hasta su refrendo siguiente.
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