Art. 2

En vigor desde 7 feb 2006
Artículo 2 En el artículo 1, apartado 1, el artículo 3, apartado 2, y el artículo 4 del Reglamento (CE) no 810/2003, la fecha de «31 de diciembre de 2005» se sustituye por la fecha de «31 de diciembre de 2006».
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