Art. 2

En vigor desde 10 ene 2006
Artículo 2 Las solicitudes de certificados de importación de arroz del código NC 1006 , presentadas desde el 2 de enero de 2006, a las 13.00 horas, hasta el final del año 2006, dejarán de dar lugar a la expedición de certificados de importación al amparo del contingente abierto por el Reglamento (CE) no 955/2005.
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