Art. 1

En vigor desde 5 ene 2006
Artículo 1 Para las ofertas comunicadas del 30 de diciembre de 2005 al 5 de enero de 2006 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1058/2005, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 2,99 EUR/t.
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