Art. 1

En vigor desde 22 dic 2005
Artículo 1 Para las ofertas comunicadas del 16 al 22 de diciembre de 2005 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1058/2005, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 2,97 EUR/t.
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