Art. 1
En vigor desde 24 oct 2005
Artículo 1
En el texto del artículo 3, párrafo primero, del Reglamento (CEE) no 2342/92, la letra a) se sustituye por el texto siguiente:
«a)
del certificado genealógico establecido de conformidad con el artículo 2, apartado 1, de la Decisión 2005/379/CE de la Comisión (*1) o de cualquier otro documento establecido de conformidad con el apartado 2 de dicho artículo;
(*1)
DO L 125 de 18.5.2005, p. 15.»."
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