Art. 1

En vigor desde 15 sept 2005
Artículo 1 Los certificados de exportación para los productos correspondientes al código NC 0406 e indicados en el anexo I del presente Reglamento que se vayan a exportar en 2006 a los Estados Unidos de América dentro de los contingentes mencionados en el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (CE) no 174/1999 se expedirán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de dicho Reglamento y en el presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2005:1519:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil