Art. 1
En vigor desde 29 ago 2005
Artículo 1
No obstante lo dispuesto en el artículo 28, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1782/2003, en 2005, el período de abono de la prima láctea y de los pagos adicionales previstos en el título IV, capítulo 7, del Reglamento (CE) no 1782/2003 comenzará el 16 de octubre.
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