Art. 1

En vigor desde 10 ago 2005
Artículo 1 El organismo de intervención francés procederá a la puesta a la venta mediante licitación permanente en el mercado interior de la Comunidad de una cantidad total de 136 340 toneladas de azúcar blanco que obran en su poder, aceptadas en intervención antes del 31 de marzo de 2005.
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