Art. 1
En vigor desde 13 jul 2005
Artículo 1
En la campaña de comercialización 2005/06, el importe de la ayuda aplicable a las peras en virtud del artículo 2 del Reglamento (CE) no 2201/96 será de:
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161,70 EUR por tonelada, en la República Checa,
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155,23 EUR por tonelada, en Grecia,
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157,59 EUR por tonelada, en España,
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161,70 EUR por tonelada, en Francia,
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124,58 EUR por tonelada, en Italia,
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161,70 EUR por tonelada, en Hungría,
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159,09 EUR por tonelada, en los Países Bajos,
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161,70 EUR por tonelada, en Austria,
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161,70 EUR por tonelada, en Portugal.
Historial de versiones
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