Art. 1

En vigor desde 6 jul 2005
Artículo 1 El Reglamento (CE) no 562/2000 se modificará como sigue: 1) El anexo II se sustituirá por el texto del anexo I del presente Reglamento. 2) El anexo VI se sustituirá por el texto del anexo II del presente Reglamento.
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