Art. 1
En vigor desde 6 jul 2005
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 562/2000 se modificará como sigue:
1)
El anexo II se sustituirá por el texto del anexo I del presente Reglamento.
2)
El anexo VI se sustituirá por el texto del anexo II del presente Reglamento.
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