Art. 1
En vigor desde 30 jun 2005
Artículo 1
En el artículo 2, apartado 1, del Reglamento (CE) no 2771/1999 se añadirá el párrafo siguiente:
«El precio de intervención que deberá emplearse para el cálculo del precio de compra será el vigente el día de fabricación de la mantequilla.».
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