Art. 1

En vigor desde 11 feb 2005
Artículo 1 La restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado, vaporizado, de grano largo B con destino a determinados terceros países se fijará sobre la base de las ofertas presentadas del 7 al 10 de febrero de 2005 a 60,00 EUR/t en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 2032/2005.
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