Art. 1

En vigor desde 10 feb 2005
Artículo 1 Para las ofertas comunicadas del 4 de febrero al 10 de febrero de 2005 en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1757/2004, la restitución máxima a la exportación de cebada se fijará en 13,98 EUR/t.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2005:232:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil