Art. 1
En vigor desde 24 ene 2005
Artículo 1
El Reglamento (CE) no 1260/1999 queda modificado como sigue:
1)
El primer párrafo del apartado 4 del artículo 7 se sustituye por el texto siguiente:
«4. Con arreglo al objetivo no 1, se establecerá para los años 2000-2006 un programa denominado PEACE, en apoyo del proceso de paz de Irlanda del Norte, que beneficiará a Irlanda del Norte y a las regiones fronterizas de Irlanda.».
2)
El anexo I se sustituye por el anexo del presente Reglamento.
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
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