Art. 1
En vigor desde 30 sept 2004
Artículo 1
En el anexo del presente Reglamento se fijan los coeficientes contemplados en el artículo 4 del Reglamento (CEE) no 2825/93, aplicables a los cereales utilizados en el Reino Unido para la fabricación del Scotch whisky (whisky escocés) durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2004 y el 30 de septiembre de 2005.
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