Art. 2
En vigor desde 18 may 2004
Artículo 2
Durante los diez primeros días del mes de junio de 2004, podrán presentarse solicitudes de certificado, con arreglo al apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) no 2247/2003, para las cantidades de carne de vacuno deshuesada siguientes:
Botsuana:
16 856 toneladas,
Kenia:
142 toneladas,
Madagascar:
7 579 toneladas,
Suazilandia:
3 249 toneladas,
Zimbabue:
9 100 toneladas,
Namibia:
10 185 toneladas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:reg:2004:995:oj#art-2