Art. 1

En vigor desde 30 abr 2004
Artículo 1 La restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países se fijará sobre la base de las ofertas presentadas del 26 al 29 de abril de 2004 a 64,00 EUR/t en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) no 1876/2003.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2004:941:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil