Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final sexta
En vigor desde 25 dic 2024
El Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Los dos últimos apartados del artículo 51, numerados como 2 y 3, pasan a numerarse como 4 y 5.
Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 64, que queda redactado en los siguientes términos:
«2. Para las ayudas recogidas en este título no resultará de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni será de aplicación ningún otro requisito establecido en otras leyes para la obtención de subvenciones, más allá de lo establecido en el presente título».
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Proeli/es/rdl/2024/12/23/9#disposicion-final-sexta