Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 13 mar 2019
Con efectos de 8 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2019, seguirá siendo de aplicación el régimen jurídico de la prestación de paternidad contenido en el Capítulo VII del Título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en su redacción vigente a 7 de marzo de 2019.
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Proeli/es/rdl/2019/03/08/8#disposicion-transitoria-tercera