Título TÍTULO III
Art. 36
En vigor desde 18 mar 2012
Los derechos contemplados en el título II, cualquiera que sea su naturaleza, se valorarán, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.3.b) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, por su precio de adquisición.
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Proeli/es/rdl/2012/03/16/8#art-36