Título TÍTULO X

Art. 72

En vigor desde 30 nov 2024
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el marco de la situación de emergencia provocada por la DANA, se establece la concesión directa de subvenciones, para la realización de tareas que contribuyan al diagnóstico de la dimensión de los daños producidos, para el apoyo a través de un asesoramiento técnico a las entidades culturales afectadas y para la ayuda, en último término, a la reconstrucción del sector cultural, a las siguientes entidades: a) A la Fundació pel llibre i la lectura, 50.000 euros. b) A la Asociació Artistes Visuals de València, Alacant i Castelló, 50.000 euros. c) A la Associació de Professionals de la Il·lustració Valenciana, 50.000 euros. d) A la Associació Valenciana de Professionals de la Cultura (Gestió Cultural), 150.000 euros. 2. La concesión de estas subvenciones se instrumentará mediante Orden de la persona titular del Ministerio de Cultura, según lo previsto en el artículo 66.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y se financiarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura. 3. La resolución podrá contemplar que el abono de las subvenciones se realice en un único pago anticipado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 4. En defecto de lo previsto en este real decreto-ley, será de aplicación supletoria a estas subvenciones lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, salvo en lo que en una y otro afecte a la aplicación de los principios de publicidad y concurrencia. Se añade la letra d) al apartado 1 por la disposición final 4.7 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre. Ref. BOE-A-2024-24840#df-3 Téngase en cuenta que, según establece la disposición transitoria única.4 del citado Real Decreto-ley, esta modificación se aplicará retroactivamente a los hechos causantes y a los procedimientos iniciados al amparo del Real Decreto-ley 7/2024, de 5 de noviembre.

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eli/es/rdl/2024/11/11/7#art-72

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