Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 31
En vigor desde 25 jun 2000
Se modifica el apartado 5 del artículo 57 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, que queda redactado de la siguiente forma:
«5. El devengo de la tasa se producirá cuando el sujeto pasivo presente la notificación prevista en el artículo 15 de esta Ley, por la que se inicia la actividad o el expediente administrativo.»
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Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2000/06/23/6#art-31