Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 30 dic 2020
Se habilita al Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Hacienda, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2020/12/29/39#disposicion-final-cuarta