Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Disposición final séptima
En vigor desde 8 oct 2026
Las previsiones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de modificación por este real decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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Proeli/es/rdl/2026/10/06/29#disposicion-final-septima