Título TÍTULO II

Art. 10

En vigor desde 1 oct 2026
Con efectos desde el 1 de diciembre de 2026, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán los siguientes: Periodo de generación Coeficiente Inferior a 1 año. 0,17 1 año. 0,16 2 años. 0,16 3 años. 0,17 4 años. 0,17 5 años. 0,19 6 años. 0,21 7 años. 0,23 8 años. 0,24 9 años. 0,25 10 años. 0,22 11 años. 0,18 12 años. 0,14 13 años. 0,12 14 años. 0,11 15 años. 0,11 16 años. 0,11 17 años. 0,11 18 años. 0,13 19 años. 0,20 Igual o superior a 20 años. 0,30
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

BOE-A-2026-20266#art-10

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil