Art. Disposición final tercera
En vigor desde 9 nov 2021
Se habilita al Gobierno y a las personas titulares de los Departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2021/11/08/25#disposicion-final-tercera