Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO 1.º

Art. 49

En vigor desde 8 jul 2022
Tendrán consideración de normas de ordenación y disciplina de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, las disposiciones contenidas en este real decreto-ley y las normas que la desarrollen.
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eli/es/rdl/2021/11/02/24#art-49

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