Capítulo CAPÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 20 oct 2022
Se modifica de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en los siguientes aspectos: Uno. Se añade un nuevo párrafo en el artículo 42.1, con la siguiente redacción: «En el caso de plantas de generación renovable no será de aplicación el requisito de pertenencia a la misma empresa o al mismo grupo empresarial recogido en el párrafo anterior.» Dos. Se modifica el primer párrafo del artículo 53.3, que pasa a tener la siguiente redacción: «Reglamentariamente se podrá eximir a determinadas instalaciones de producción de hasta 500 kW de potencia instalada del régimen de autorizaciones previsto en los apartados 1.a) y 1.b) del presente artículo.»
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eli/es/rdl/2022/10/18/18#art-16

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