Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 22 dic 2013
Se añade un apartado 4 al artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, que queda redactado de la siguiente manera: « 4. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, las deducciones previstas en este artículo se aplicarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato .»
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eli/es/rdl/2013/12/20/16#disposicion-final-cuarta

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