Art. Disposición final primera

En vigor desde 18 sept 2011
Este Real Decreto-ley se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda general y Deuda del Estado.
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eli/es/rdl/2011/09/16/13#disposicion-final-primera

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