Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 28 may 2026
Se amplía por cinco años el plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con la transmisión, cesión e Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación a su vez con la disposición adicional única de la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil; con la disposición adicional segunda de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre, de modificación de tasas y beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público; con la disposición transitoria primera de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social; y de conformidad con la disposición transitoria quinta de la propia Ley 16/1985, de 25 de junio.
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