Título TÍTULO II
Art. Disposición final primera
En vigor desde 28 may 2021
Se añade un nuevo apartado 4 quáter al artículo 2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora y el crecimiento del empleo, con la siguiente redacción:
«4 quater. Los empleadores que contraten por tiempo indefinido a personas con capacidad intelectual límite tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante cuatro años.
Se considerarán personas con capacidad intelectual límite aquellas que el Gobierno determine reglamentariamente.»
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Proeli/es/rdl/2021/05/27/11#disposicion-final-primera