Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Medidas para la implantación y ampliación de los servicios públicos de préstamo de bicicletas

Art. 47

En vigor desde 30 ene 2025
1. Mediante el presente real decreto-ley se establece un sistema de ayudas para la concesión de apoyo financiero a las entidades locales, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, que pretendan implantar o ampliar la infraestructura de los servicios públicos de préstamo de bicicletas. 2. La finalidad de estas ayudas es contribuir a la descarbonización del modelo de transportes.
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eli/es/rdl/2025/01/28/1#art-47

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