Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL›Título TITULO VIII›Capítulo CAPITULO III›Secc. Sección quinta. Impuestos›§ Subsección tercera: Contribución Territorial Urbana
Art. 272
DerogadoEn vigor desde 31 dic 1988
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-1988-29623 Téngase en cuenta que los apartados 1 a 3 estaban derogados por la Ley 26/1987, de 11 de diciembre. Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria de la Ley 26/1987, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-1987-27595 Redactado el apartado 4.c) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 165, de 11 de julio de 1986. Ref. BOE-A-1986-18436
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1986/04/18/781#art-272