Libro TEXTO REFUNDIDO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN MATERIA DE REGIMEN LOCAL›Título TITULO II›Capítulo CAPITULO II
Art. 18
En vigor desde 12 may 1986
Antes de comenzar el ejercicio de sus funciones, el Alcalde deberá jurar o prometer el cargo ante el Ayuntamiento Pleno.
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Proeli/es/rdlg/1986/04/18/781#art-18