Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 186
En vigor desde 30 sept 2018
Cada uno de los miembros del órgano de administración de las empresas de servicios y actividades de inversión actuará con honestidad, integridad e independencia de ideas, evaluando y cuestionando, en su caso, de manera efectiva las decisiones de la alta dirección y vigilando y controlando de manera efectiva el proceso de decisión de la alta dirección.
Se modifica por el art. único.32 del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre. Ref. BOE-A-2018-13180
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2015/10/23/4#art-186