Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADESTítulo TÍTULO IX

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 12 mar 2004
Los sujetos pasivos afectados por los Reales Decretos de reconversión disfrutarán de los beneficios fiscales establecidos por la Ley 27/1984, de 26 de julio, de reconversión y reindustrialización, en los términos que en aquéllos se prevé.
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eli/es/rdlg/2004/03/05/4#disposicion-transitoria-cuarta

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