Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 13 nov 2015
La coordinación del Sistema Nacional de Empleo se llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos:
a) La Estrategia Española de Activación para el Empleo, regulada en el artículo 10.
b) Los Planes Anuales de Política de Empleo, regulados en el artículo 11.
c) El Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, regulado en el artículo 12.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/23/3#art-9